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actualizada el 01 jul 2020
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En las áreas previstas de acuerdo a su uso de suelo por el Plan Municipal De Desarrollo Urbano, podrán celebrarse convenios para el aprovechamiento exclusivo de la franja de servicios de la acera, haciendo un cobro al propietario del inmueble. Este cobro deberá de ser por metro cuadrado a valor comercial de la zona. El convenio de aceras se celebrará con la Dirección de Control e Inspección y será únicamente para la colocación de sillas, mesas, bancos, techos todos movibles que sirvan como delimitantes del espacio peatonal que se especifica en este Reglamento.

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