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actualizada el 01 jul 2020
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Artículo 33.- Con el objeto de verificar el cumplimiento del presente Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia, así como ordenar y ejecutar las medidas de seguridad pertinentes e imponer las sanciones que correspondan y dentro el marco de sus atribuciones, son autoridades responsables de la inspección y vigilancia:

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