En qué consiste
¿Qué es el Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal de San Pedro Garza García?
Es un ordenamiento jurídico que tiene como objeto normar la estructura, funcionamiento, atribuciones y responsabilidades de las dependencias, órganos, unidades, organismos y entidades de la administración pública municipal.
¿Cuáles son los principales aspectos?
- Modificar designación de enlaces jurídicos y de mejora regulatoria. Se simplifica el proceso de designación de enlaces jurídicos y de mejora regulatoria y se permite que se apoyen en el personal a su cargo para realizar sus labores. (artículo 26)
- Resolución de asuntos de responsabilidad patrimonial del Municipio. Se ajusta el reglamento a la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado y Municipios de Nuevo León, vigente, para asignar expresamente las atribuciones materia de responsabilidad patrimonial del Municipio a la Secretaría de la Contraloría y Transparencia. (artículo 32)
- Atribuciones en materia forestal y reorganización general de atribuciones de Desarrollo Urbano. Se precisan las atribuciones en materia forestal que tiene la Secretaría de Desarrollo Urbano, para evitar confusión en el texto normativo respecto de sus funciones y las de la Secretaría de Servicios Públicos. (artículo 39)
- Reestructuración de la Secretaría de Servicios Públicos y Medio Ambiente. Se reorganizan las funciones de la Secretaría, al interior de la misma. Asimismo, debido a la descentralización del Instituto Municipal de Planeación y Gestión Urbana, esta Secretaría absorbe la atribución de realizar los estudios y análisis de ingeniería de tránsito y movilidad. (artículo 70)
- Transferir y eliminar atribuciones de análisis de datos en la Unidad de Gobierno para Resultados. Se reorganizan las funciones de la Unidad, al interior de la misma, así como se busca eliminar las atribuciones referentes a la gestión de la rendición de cuentas y la transparencia de la administración, dado que esta es una tarea propia de la Contraloría Municipal. (artículo 55)
- Especificar las atribuciones de la Secretaría de Administración. Si bien es cierto que la Secretaría de Administración cuenta con las facultades para disponer lo conducente para el pago de los salarios, prestaciones, indemnizaciones y demás todas las prestaciones y percepciones de los colaboradores, es importante, en atención a los principios de exacta aplicación de la ley y de certeza jurídica, que se reconozca expresamente que en estas prestaciones y percepciones están incluidas las extraordinarias para las que exista presupuesto asignado (el cual se autoriza por el Republicano Ayuntamiento). A la par, se propone eliminar la obligación de asegurar el buen uso de los edificios administrados por el Municipio, dado que eso es una obligación ineludible de todos los servidores públicos. (artículo 62)
- Descentralización del IMPLANG. En virtud de la transformación del IMPLANG en organismo descentralizado, es pertinente derogar todos los artículos del Reglamento Orgánico de la Administración Pública Municipal que lo refieren como un órgano desconcentrado. (artículos 41 a 52)
- Nueva Dirección en la Secretaría Particular. Se propone crear la Dirección de Logística y Relaciones Públicas, para que exista por lo menos una Dirección para apoyar a la persona titular de la Secretaría Particular, cambio para el cual se cuenta con el presupuesto necesario. (artículos 53 y 54)
- Atribuciones generales. En el reglamento actual, se prevé una lista de atribuciones generales o genéricas para todos los titulares de la administración centralizada, por lo que se propone incluir también a la administración descentralizada. (artículo 83)
- Transitorios. Se propone establecer: (i) la publicación oficial y la entrada en vigor de las reformas que se proponen, (ii) establecer un plazo para la reforma de los reglamentos municipales que deben ajustarse a esta reforma que se propone, (iii) la derogación de cualquier disposición que se contraponga a lo que se propone, (iv) el proceso a seguir de los procedimientos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor de las reformas que proponen, (v) la referencia de las dependencias, entidades, órganos o unidades administrativas que no haya sufrido modificación en cuanto a su denominación, deberá entenderse a las establecidas en la reforma en estudio, y(vi) la publicación en el Periódico Oficial del Estado, Gaceta Municipal y portal oficial de internet del Municipio.
¿Cómo llegamos a esta propuesta?
Se realizó un análisis del marco jurídico, según la materia de las diversas áreas que integran la Administración Pública Municipal, así como sobre su operatividad, concluyendo que existe una necesidad de una reforma reglamentaria que ajuste la estructura orgánica y reorganice las atribuciones asignadas a distintas dependencias, de forma que se facilite operativamente la colaboración entre las mismas, para cumplir a cabalidad con los objetivos planteados en el Plan Municipal de Desarrollo y, con ello, mejorar aún más la prestación de los servicios públicos en el Municipio.
¿Cuáles son los siguientes pasos?
- Consulta pública, física y electrónica.
- Análisis de opiniones y propuestas recibidas.
- Sesión de Cabildo para aprobación de versión final.
¡Participa aquí en la consulta de reforma a este reglamento!
Por disposición reglamentaria, se hace pública la propuesta, de manera que podamos recabar las opiniones y comentarios de toda la ciudadanía.
Queremos conocer tus opiniones, propuestas y planteamientos, por lo que te invitamos a participar en esta consulta, de manera accesible y transparente.
¿Cómo participar?
Tienes tres opciones:
- Llenar el formato electrónico que encuentras aquí abajo;
- Descargar la propuesta y enviar un correo a consultapublica-reglamentos@sanpedro.gob.mx con tus comentarios; o
- Imprimir la propuesta, agregar tus comentarios y entregarla en la Dirección de Gobierno ubicada en el Palacio Municipal, en Libertad número 101, Centro de San Pedro Garza García, N.L.
¡Participa aquí!